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sábado, 6 de junio de 2009

AUDITORÍAS DE LAS OBRAS PÚBLICAS EN TIEMPOS DE CRISIS

El público en general siempre ha tenido un marcado interés en la asignación, ejecución, facturación y relación costo/beneficio de las obras estatales de nuestro país.

El hecho de que las inversiones en obras públicas tradicionalmente han constituido una parte sustancial del Presupuesto General de la Nación, (14.34% en el 2007 y 17.22% en el 2008), sumado a la evidente ausencia de personal calificado en la fiscalización y control de proyectos, así como la percepción generalizada de la falta de transparencia en la ejecución de las mismas, contribuyen a crear la falsa apreciación de que cuando se aplica una auditoría a una obra del Estado es debido a que en la misma se han cometido irregularidades u otro tipo de faltas.

Lo expuesto anteriormente obedece al poco uso que se da en el país a una herramienta de fiscalización denominada Auditoría Técnica, especialidad encasillada dentro del área de la consultoría en la carrera de la ingeniería, y que por sus características puede ser categorizada como auditoría integral, ya que comprende la verificación del cumplimento de todas las normativas técnicas, legales y financieras que deben satisfacer una obra desde su asignación hasta la entrega de la misma, asegurando de este modo el uso eficaz y eficiente de los recursos públicos.

La experiencia en la aplicación de Auditorías Técnicas a las obras públicas en nuestro país es relativamente reciente. De manera rutinaria se implementó en el ámbito público a partir de enero de 1997, con el nacimiento en la Contraloría General de la República de la Dirección de Auditorías Técnicas, la cual ha demostrado ser una herramienta eficaz en la fiscalización de todas las etapas de un proyecto.

Las graves consecuencias de las deficiencias en las obras públicas, las cuales repercuten negativamente en sus costos, han obligado a países como España, México y Perú a crear marcos legales que imponen la aplicación de Auditorías Técnicas a los proyectos durante su ejecución, o luego de concluidos, lo cual ha tenido un efecto disuasivo importante en los responsables de la realización de los mismos, asegurando a la vez a los incumbentes de las unidades ejecutoras la correcta aplicación de los recursos.

Sería muy conveniente para nuestro país, por las razones expuestas, la emulación de iniciativas legislativas similares, donde se establezca con carácter obligatorio la aplicación de procedimientos de Auditoría Técnica a obras terminadas o en ejecución, tomando en consideración montos contratados, complejidades, incidencia social, etc.

Existen en nuestro país empresas consultoras privadas que ofertan estos servicios de auditoría, aunque no en la forma integral en que lo estamos planteando, sino limitadas a la aplicación de pruebas que sólo determinan el uso de los recursos en campo, sin verificar el cumplimiento de legislaciones vigentes que regulan la construcción en nuestro medio, limitando significativamente el alcance de dichos trabajos.

Como hemos dicho, la aplicación de los procedimientos de esta herramienta de fiscalización y control significaría ahorros considerables de recursos al corregir de manera oportuna las posibles distorsiones que pudieran detectarse en los procesos de construcción de las Obras.

Esto es de vital importancia en momentos de dificultades económicas, como podría decirse de los actuales, donde se impone la necesidad del máximo ahorro y eficiencia en la aplicación de los recursos.

Esta preocupación nos lleva a promover iniciativas para la estandarización de los procedimientos a aplicar, así como a la capacitación de los profesionales especializados en este importante oficio.


Ing. Juan Ramón Mella

1 comentario:

  1. Este es un excelente artículo, me identifico totalmente con el y noto que el expositor es un profesional sinceramente preocupado por la aplicación de los recursos del Estado en las obras públicas.

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